2016-08-30 17:37:27 - PROVINCIAL
Tiempo de lectura: 1 minuto, 23 segundosLa comisión de Asuntos Constitucionales aprobó por mayoría el despacho que introduce pautas orientativas para la aplicación de la prisión preventiva. La iniciativa incorpora como causal de su aplicación la medida cautelar que indica “que el imputado pueda poner en riesgo la integridad de la víctima o de su familia”. De esta forma, modifica el artículo 114 de la Ley 2.784, del Código Procesal Penal. Asimismo incorpora una serie de conceptos que deberá considerar el juez al momento de evaluar el peligro de fuga, y entorpecimiento de la investigación como posibles causales de obstaculización del proceso penal. El proyecto obtuvo nueve votos favorables de los bloques del MPN, UCR, FRIN, Adelante Neuquén, PRO y UNE-FPN. “Incorporamos líneas de análisis a considerar por parte del juez para que utilice al momento de determinar su aplicación”, explicó el presidente de la comisión Mario Pilatti. Bajo la iniciativa del gobernador Omar Gutiérrez, los intendentes del MPN también manifestaron la necesidad de modificar los supuestos del código procesal penal para dictar prisiones preventivas, ante la situación de hechos de violencia y delitos que ocurren en localidades petroleras. El vocal del Tribunal Superior de Justicia Alfredo Elosu Larumbe expresó la necesidad de modificar el Código Procesal Penal en cuanto a la prisión preventiva con el fin de “buscar mayor previsibilidad en las decisiones”. El Fiscal General José Gerez aseguró que el proyecto no es inconstitucional y que los cambios son necesarios porque la aplicación de la medida hoy “está muy liberada”. El defensor general Ricardo Cancela planteó que la pretendida reforma es inconstitucional porque no sigue los tratados internacionales a los que adhirió el país. Por su parte, las organizaciones como la Asociación Pensamiento Penal, el Cels, Inecip y Zainuco consideraron que la reforma del código procesal penal relativa a la prisión preventiva es regresiva, inoportuna e innecesaria.
Powered by TURADIOINFO.COM