Modalidad de trabajo autorizada para diversas actividades.

2020-10-02 13:40:00 - LOCALES

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La Municipalidad de Plaza Huincul, ADHIRIÓ a los Decretos Nacionales y Decreto Provincial 554/20 y ESTABLECE  bajo Decreto Municipal 389/20   Anexo Único a partir de las 00.00 hs del día Martes 19 de Mayo  de 2020, la modalidad de trabajo autorizada para  PERSONAL DE CASAS PARTICULARES- SERVICIO DE MUDANZA -  MARTILLEROS Y CORREDORES INMOBILIARIOS - ARTISTAS Y ASISTENTES DE LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL Y DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES.

AGENCIAS Y SUB-AGENCIAS OFICIALES DE LOTERÍA Y QUINIELA. 

 El presente protocolo es de aplicación para los empleados y empleadas de casas particulares, en cualquiera de sus categorías laborales. 

Frecuencia máxima de servicio hasta 1 (uno) domicilio particular por día. 

Se debe evitar el uso de transporte público para el acceso al domicilio de trabajo. De resultar posible, el personal arribará al domicilio caminando, en bicicleta, moto o cualquier medio de transporte individual.  De no ser posible, el empleador deberá disponer los medios de movilidad para su personal doméstico, ya sea mediante taxis, remises o con su propio vehículo. Se debe evitar el uso de transporte público para el acceso al domicilio de trabajo. 

Los empleados y empleadas pertenecientes a grupos de riesgo quedan exentos de la obligación de concurrir a su puesto de trabajo. Se considera grupo de riesgo a aquellas personas que tienen mayor posibilidad de progresar a formas severas o que son vulnerables por su situación: mayores de 60 años, y/o con enfermedades o tratamientos que bajan las defensas (inmuno comprometidos); embarazadas; personas con enfermedades crónicas: cardíacas incluyendo hipertensión arterial, pulmonares, renales, diabetes, obesidad, etc. 

Los empleados deberán obtener un certificado de circulación Autorizada que se tramitará a través de la Aplicación “Cerca Neuquén”; elaborada por la OPTIC – Oficina Provincial de Tecnologías de la Información y la Comunicación, para ser presentado ante la autoridad policial de control. Descargable en www.neuquen.gov.ar 

  Protocolo Sanitario Básico: 

 Observancia plena de las “Recomendaciones Especiales” aprobadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): para el desempeño de los trabajadores exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para el cumplimiento de su labor, así como para su desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo, sobre buenas prácticas en el uso de los elementos de protección personal y sobre colocación de protección respiratoria. (https://www.argentina.gob.ar/srt) 

Uso obligatorio de protectores faciales (según Decreto Provincial Nº 0478/20). Se deberá usar protector facial durante toda la jornada de trabajo. 

 En caso de que el empleado o la empleada asista a trabajar en bicicleta, deberá disponerse de un espacio seguro para su guarda, y para ser desinfectado al arribo y antes de partir. 

 Al arribar al domicilio de trabajo, se deberá disponer en la entrada de medios para desinfección del calzado (trapo embebido con dilución de lavandina o solución de alcohol para rociado del mismo) y de un espacio para que el personal pueda proceder a cambiarse la ropa de calle por ropa de trabajo y realizar la higiene de manos correspondiente con agua y jabón o, de no ser posible, alcohol en gel. 

 En servicio, cambiar la muda de ropa y no mezclar con la limpia. Cada día al finalizar sus tareas, los trabajadores deberán cambiarse de ropas, no debiendo retornar a sus hogares con la misma indumentaria de trabajo. Luego de finalizada la jornada laboral, deberán llevar la ropa utilizada en bolsa cerrada para ser lavada en domicilio.

 Higiene frecuente de manos: la misma debe estar garantizada mediante el acceso a sanitarios con disponibilidad para el lavado de manos con agua y jabón, o en su defecto a soluciones a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel, con porcentaje mínimo de alcohol de 70%). 

 Mantener distancia física entre las personas. La distancia mínima a guardar es de 2 metros entre personas. Si la tarea a realizar implica el acercamiento a otras personas (cuidado de personas) se debe utilizar en forma permanente tapabocas. 

 No compartir vasos, utensilios de cocina, cubiertos, platos, tazas, bombillas, mate, recipientes de plástico o metal, etc. y todo aquello que contribuya a la propagación del coronavirus. 

 Se deberá procurar la limpieza y desinfección con solución de alcohol al 70%, de los elementos de trabajo al ingreso y después de su uso, antes de retirarse del domicilio de servicio.  El empleador deberá establecer cronogramas de prestación de servicios reducidos a lo estrictamente necesario y deberán entregar los elementos idóneos de limpieza, cuidado, seguridad y prevención. 

 En caso de aparición de síntomas fuera del horario de la jornada laboral: En caso de presentar síntomas como fiebre (+37,5º), tos, dificultad respiratoria, secreción y goteo nasal, fatiga, dolor de garganta y de cabeza, escalofríos, malestar general, NO acudir al lugar de trabajo e informar inmediatamente al empleador/empleados para que se active el protocolo de desinfección correspondiente en el espacio de trabajo, como las medidas de aislamiento preventivo de las personas que tuvieron contacto directo con la persona afectada. Preferentemente, las personas NO deben dirigirse a un centro asistencial, NO deben salir de su vivienda y deben comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose el hospital ó centro de salud más cercano. NO deben automedicarse. 

 En caso de aparición de síntomas durante el horario de la jornada laboral. En tal caso, la persona a cargo deberá dar aviso de forma inmediata a la autoridad sanitaria provincial, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose el hospital ó centro de salud más cercano. Mientras se espera la asistencia por parte de personal sanitario, la persona con síntomas deberá ser ubicada en espacio separado, en lo posible ventilado, y utilizando tapaboca o barbijo. 

 En el caso de que alguno de los integrantes de la familia del empleador presente síntomas o sea considerado caso sospechoso, se deberá dar aviso al empleado y quedará exento de la obligación de concurrir a realizar sus tareas laborales hasta que la situación de salud sea resuelta. 

 Horario y días autorizados: Lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 hs 

  SERVICIO DE MUDANZAS

 Modalidad de trabajo autorizada:

 El presente protocolo es de aplicación al personal y medios, sean propios o contratados, afectados a las actividades de mudanzas, incluyendo los fletes y mini fletes para mudanzas, exclusivamente dentro de los ejidos municipales correspondientes. 

 Las empresas y/o solicitantes que realicen una mudanza, deberán declarar en la autoridad municipal correspondiente las direcciones de origen y destino del servicio así como la duración estimada de las tareas. 

 Los operarios pertenecientes a grupos de riesgo quedan exentos de la obligación de concurrir a su puesto de trabajo. Se considera grupo de riesgo a aquellas personas que tienen mayor posibilidad de progresar a formas severas o que son vulnerables por su situación: mayores de 60 años, y/o con enfermedades o tratamientos que bajan las defensas (inmunocomprometidos); embarazadas; personas con enfermedades crónicas: cardíacas incluyendo hipertensión arterial, pulmonares, renales, diabetes, obesidad, etc. 

 Los operarios y los empleadores deberán obtener un certificado de circulación Autorizada que se tramitará a través de la Aplicación “Cerca Neuquén”; elaborada por la OPTIC – Oficina Provincial de Tecnologías de la Información y la Comunicación, para ser presentado ante la autoridad policial de control. Descargable en www.neuquen.gov.ar Protocolo Sanitario Básico: 

 Observancia plena de las “Recomendaciones Especiales” aprobadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): para el desempeño de los trabajadores exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para el cumplimiento de su labor, así como para su desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo, sobre buenas prácticas en el uso de los elementos de protección personal y sobre colocación de protección respiratoria. (https://www.argentina.gob.ar/srt) 

  Uso obligatorio de protectores faciales (según Decreto Provincial Nº 0478/20). Se deberá usar protector facial durante toda la jornada de trabajo; y se recomienda el uso de gafas protectores de ojos y de guantes de seguridad para los empleados, acorde a la actividad que se realiza. El mismo requerimiento de uso de protección facial de distinto tipo está prescripto para profesionales, inspectores municipales, clientes y cualquier persona que deba ingresar al domicilio mientras se realizan las tareas de mudanza. No se deberá iniciar o continuar bajo ninguna razón la prestación del servicio cuando dichas personas NO hagan uso de este elemento de protección. En caso de permitirlo, la empresa transportista podrá ser multada en virtud de lo dispuesto en el Decreto Provincial Nº 0478/20, artículo 3º, y su normativa reglamentaria. 

 Higiene frecuente de manos: cuando no sea factible el lavado de manos con agua y jabón,o la higiene de manos puede realizarse con soluciones a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel, con porcentaje mínimo de alcohol de 70%). 

 Lavar las manos luego de manipular llaves, dinero, desperdicios o basura, antes y después de comer y después de ir al baño. Es obligatorio la higiene de manos de todo el personal todas las veces que resulte necesario. 

Los vehículos utilizados para el transporte de mudanzas serán desinfectados antes y después de cada servicio con solución de alcohol al 70% o dilución de lavandina. Deberán ser ventilados frecuentemente y dejarlos al sol cuando sea posible, favoreciendo la ventilación cruzada de aire, aunque la temperatura sea baja. 

 Desinfectar constantemente aquello que se manipula de modo usual: el volante, el picaporte y aquello  que se encuentre dentro de los dos metros: vidrio y luneta, por ejemplo. En la limpieza incluir objetos  de uso propio: billetera, lapicera, superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores. 

  A la hora de realizar el viaje de salida hacia el domicilio para efectuar la carga de los enseres de mudanza o la descarga de los mismos, el vehículo no podrá ser ocupado por más de dos personas. Los operarios de mudanzas, deberán viajar en vehículos separados. De no ser posible esto, deberán permanecer separados. 

 Mantener distancia física con las demás personas. La distancia mínima a guardar en relación con otras personas en lugares como estaciones de servicio, lugares de carga, en destino y en las oficinas, es de 2 metros entre personas. 

 El cliente no podrá ocupar el mismo espacio que los operarios. Durante la realización de la mudanza, el cliente deberá permanecer alejado de la zona en la que los operarios de mudanza se encuentren trabajando. 

 Asimismo, mientras la entrega de los muebles y enseres tiene lugar en el domicilio, el cliente deberá tener la vivienda o local aireado y mantenerlo así hasta que el servicio haya finalizado. 

 En servicio, cambiar la muda de ropa y no mezclar con la limpia. Cada día al finalizar sus tareas, los trabajadores deberán cambiarse de ropas en la empresa, no debiendo retornar a sus hogares con la misma indumentaria de trabajo. Luego de finalizada la jornada laboral, deberán llevar la ropa utilizada en bolsa cerrada para ser lavada en domicilio. Lavar la ropa de trabajo con jabón y agua caliente. 

 No compartir vasos, utensilios de cocina, cubiertos, platos, tazas, bombillas, mate, recipientes de plástico o metal, etc. y todo aquello que contribuya a la propagación del coronavirus.  Al iniciar la jornada de trabajo, las herramientas deben desinfectarse previamente a ser utilizadas. La limpieza de las herramientas de trabajo debe realizarse con productos aptos indicados por el fabricante, incluyendo agua y detergente si no las deteriorara.

  En el transcurso de la mudanza, los operarios utilizarán sus propias herramientas y se tratará de impedir en la medida de lo posible que las herramientas de trabajo (cutter, cinta adhesiva, tijeras, etc.) sean compartidas entre compañeros. 

 Para mercadería transportada en camiones: se deberán coordinar adecuadamente ingresos y egresos de los mismos de modo de evitar congestiones y minimizar los tiempos de carga, descarga y espera. Se recomienda que la espera del chofer sea dentro del vehículo. 

 Cuando la carga o descarga de algún elemento, por su peso o dimensiones, deba ser realizada por más de una persona, deberán extremarse los cuidados en el uso de los elementos de protección personal indicados, mantener la mayor distancia posible y evitar el contacto físico. 

 El cumplimiento del presente protocolo deberá ser controlado por la empresa, por el cliente y por la administración de los edificios o consorcios cerrados (en caso de mudanzas a realizarse en su interior), en colaboración y en forma solidaria con las autoridades del gobierno municipal y provincial. 

 En caso de aparición de síntomas fuera del horario de la jornada laboral: En caso de presentar síntomas como fiebre (+37,5º), tos, dificultad respiratoria, secreción y goteo nasal, fatiga, dolor de garganta y de cabeza, escalofríos, malestar general, NO acudir al lugar de trabajo e informar inmediatamente al empleador/empleados para que se active el protocolo de desinfección correspondiente en el espacio de trabajo, como las medidas de aislamiento preventivo de las personas que tuvieron contacto directo con la persona afectada. Preferentemente, las personas NO deben dirigirse a un centro asistencial, NO deben salir de su vivienda y deben comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose el hospital ó centro de salud más cercano. NO deben automedicarse. 

 En caso de aparición de síntomas durante el horario de la jornada laboral. En tal caso, la persona a cargo deberá dar aviso de forma inmediata a la autoridad sanitaria provincial, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose el hospital ó centro de salud más cercano. Mientras se espera la asistencia por parte de personal sanitario, la persona con síntomas deberá ser ubicada en espacio separado, en lo posible ventilado, y utilizando tapaboca o barbijo.

 Horarios y días autorizados: Sábados de 09:00 a 19:00 hs. 

  MARTILLEROS Y CORREDORES INMOBILIARIOS 

 Modalidad autorizada: 

 Están autorizados a funcionar por Decisión Administrativa 622/20. En este caso, se autoriza a estos profesionales a concertar entrevistas fuera del ámbito  de sus oficinas comerciales, a los fines de poder exhibir las propiedades que se ofrecen en venta y/o alquiler.

 Protocolo para esta modalidad: 

 Solo asistirá una persona por parte de la Inmobiliaria, quien deberá contar con la respectiva credencial profesional. 

 Solo se podrán mostrar los inmuebles que se encuentren deshabitados. 

 Uso obligatorio de protectores faciales en todo momento, para cliente y profesional (según Decreto Provincial Nº 0478/20). 

 Deberán portar elementos para la higiene de manos y desinfección en cada visita, como alcohol en gel, y rociadores de solución de alcohol al 70%. 

 Luego de la visita a la propiedad, se deberán desinfectar las superficies altamente tocadas, como picaportes, canillas, llaves de luz, etc. 

 Se deberán mantener en todo momento distancia de 2 metros o más entre las personas que realicen la visita a la propiedad

. Horarios y días autorizados: Lunes, miércoles y viernes de 14:00 a 19:00 horas. Sábados de 09:00 a 14:00 horas 

  ARTISTAS Y ASISTENTES DE LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL Y DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES.

 Modalidad de trabajo autorizada: 

 La excepción autorizada es al sólo efecto de que artistas y asistentes puedan asistir a los espacios o lugares de producción y ensayo, sin concurrencia de público. 

 Deberán obtener un certificado de circulación Autorizada que se tramitará a través de la Aplicación “Cerca Neuquén”; elaborada por la OPTIC – Oficina Provincial de Tecnologías de la Información y la Comunicación, para ser presentado ante la autoridad policial de control. Descargable en www.neuquen.gov.ar Protocolo Sanitario Básico:  Observancia plena de las “Recomendaciones Especiales” aprobadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): para el desempeño de los trabajadores exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para el cumplimiento de su labor, así como para su desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo, sobre buenas prácticas en el uso de los elementos de proteccion personal y sobre colocación de protección respiratoria. (https://www.argentina.gob.ar/srt) 

 Uso obligatorio de protectores faciales (según Decreto Provincial Nº 0478/20). 

 Tener particular cuenta de la cantidad mínima de personas y el distanciamiento en función del espacio. Debe garantizarse el distanciamiento de 2 metros entre personas. 

 Se deberá asegurar la limpieza de todas las superficies de manera constante. Limpiar y desinfectar todas las superficies de trabajo y pisos con solución con lavandina o alcohol al 70% según corresponda, como mínimo al ingreso y 3 veces por día. 

 En caso de aparición de síntomas fuera del horario de la jornada laboral: En caso de presentar síntomas como fiebre (+37,5º), tos, dificultad respiratoria, secreción y goteo nasal, fatiga, dolor de garganta y de cabeza, escalofríos, malestar general, NO acudir al lugar de trabajo e informar inmediatamente al empleador/empleados para que se active el protocolo de desinfección correspondiente en el espacio de trabajo, como las medidas de aislamiento preventivo de las personas que tuvieron contacto directo con la persona afectada. Preferentemente, las personas NO deben dirigirse a un centro asistencial, NO deben salir de su vivienda y deben comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicandose el hospital ó centro de salud más cercano. NO deben automedicarse. 

 En caso de aparición de síntomas durante el horario de la jornada laboral. En tal caso, la persona a cargo deberá dar aviso de forma inmediata a la autoridad sanitaria provincial, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicandose el hospital ó centro de salud más cercano. Mientras se espera la asistencia por parte de personal sanitario, la persona con síntomas deberá ser ubicada en espacio separado, en lo posible ventilado, y utilizando tapaboca o barbijo.

 Horario y días autorizados: de 14:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes. Sábados de 09:00 a 14:00 horas  .

  AGENCIAS Y SUB-AGENCIAS OFICIALES DE LOTERÍA Y QUINIELA. 

. Modalidad de trabajo autorizada: 

Atención presencial al público, con limitación y separación de espacios de espera y de atención para garantizar distanciamiento social. 

 Los empleados pertenecientes a grupos de riesgo quedan exentos de la obligación de concurrir a las instalaciones. Se considera grupo de riesgo a aquellas personas que tienen mayor posibilidad de progresar a formas severas o que son vulnerables por su situación: mayores de 60 años, y/o con enfermedades o tratamientos que bajan las defensas (inmunocomprometidos); embarazadas; personas con enfermedades   crónicas: cardíacas incluyendo hipertensión arterial, pulmonares, renales, diabetes, obesidad, etc. 

 Los trabajadores y los empleadores deberán obtener un Certificado de Circulación Autorizada que se tramitará a través de la Aplicación “Cerca Neuquén”; elaborada por la OPTIC – Oficina Provincial de Tecnologías de la Información y la Comunicación, para ser presentado ante la autoridad policial de control. Descargable en www.neuquen.gov.ar

 Protocolo Sanitario Básico: 

 Observancia plena de las “Recomendaciones Especiales” aprobadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): para el desempeño de los trabajadores exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para el cumplimiento de su labor, así como para su desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo, sobre buenas prácticas en el uso de los elementos de proteccion personal y sobre colocación de protección respiratoria. (https://www.argentina.gob.ar/srt) 

 Uso obligatorio de protectores faciales para clientes y empleados (según Decreto Provincial Nº 0478/20). 

 No se deberá permitir bajo ninguna razón el acceso a clientes que no hagan uso de su correspondiente protector facial. En caso de permitirlo, el local podrá ser multado en virtud de lo dispuesto en el Decreto Provincial Nº 0478/20, artículo 3º, y su normativa reglamentaria. 

 Observancia plena del “Protocolo de Seguridad e Higiene para las Agencias y Subagencias Oficiales de Loteria y Quiniela de la Provincia del Neuquén en el marco de COVID-19” elaborado por el Instituto de Juegos de Azar de Neuquén (IJAN): Zona Exterior (Fuera de la Agencia) 

 Mantener una distancia no menor a 2 metros entre personas. 

 Delimitar las distancias marcando el piso con cinta de color. 

 Para ser atendido, deberá contar con el protector facial correspondiente. 

 Asegurar el ingreso de 1 persona como máximo a la agencia, manteniendo la distancia interpersonal establecida.

  En el caso de haber dos o más clientes, los mismos deberán aguardar afuera hasta que se retire el que se encuentra dentro del local. 

 Zona de Control (al Ingresar a la Agencia

A los efectos del ingreso y durante toda la estadía en el salón será obligatorio el uso de protectores faciales. 

 Se le proporcionará al cliente alcohol en gel o solución de alcohol al 70% para la correcta desinfección de las manos al momento del ingreso al local. Zona de Circulación (para la presencia del cliente) 

 La Agencia deberá asegurar la limpieza de todas las superficies de manera constante. Limpiar y desinfectar todas las superficies de trabajo y pisos, con solución con lavandina o alcoholal 70%, como mínimo al ingreso y 3 veces por día. 

 Desinfectar superficies de apoyo (mostradores) por cada persona que sea atendida, con solución de alcohol al 70%. 

 En caso de toser o estornudar, deberá hacerlo cubriéndose con el pliegue del codo. 

 Se deberá ventilar adecuadamente en forma natural en lo posible constantemente. 

 Se recomienda evitar tocarse boca, nariz y la boca. 

 No se podrán compartir utensilios, alimentos, bebidas y equipamiento en general que comprometa la salud del Agenciero y/o Terceros. 

Cada agencia será centro de información proactiva por medio de afiches informativos y circuito cerrado de video, donde en todo momento se informará sobre las medidas de prevención. Zona de Atención (exclusivo para la persona que atiende) 

 Colocar un vidrio o acrílico separador entre el cliente y el empleado, que deberá ser desinfectado en cada apertura del local. En caso de no contar con el vidrio separador correspondiente, será obligatorio usar una máscara de protección facial de plástico transparente, que deberá ser desinfectada periódicamente con solución de alcohol al 70%.  Será obligatorio para todos los Agentes Oficiales de Lotería y Quiniela y/o su personal, el uso de Protectores Faciales durante la totalidad de la jornada laboral. En caso de que no cuente con dicho insumo, el mismo será facilitado por el Organismo a los efectos de cumplir con la presente. 

  Se dispondrá de alcohol en gel para uso continuo de los Agentes Oficiales, debiendo estimularse la higiene de las manos con alcohol en gel o el lavado de manos con jabón y agua cada una hora. El cliente solo se limitará al pago de las apuestas realizadas. 

 Medio de Pago: Efectivo únicamente.  La persona encargada de la Atención al Público debe contar con alcohol en gel o sanitizante (alcohol diluido en agua), barbijo o tapabocas, agua y jabón, rociador de alcohol diluido, lavandina, trapo de piso y balde. En todos los casos 

 En caso de aparición de síntomas fuera del horario de la jornada laboral: En caso de presentar síntomas como fiebre (+37,5º), tos, dificultad respiratoria, secreción y goteo nasal, fatiga, dolor de garganta y de cabeza, escalofríos, malestar general, NO acudir al lugar de trabajo e informar inmediatamente al empleador/empleados para que se active el protocolo de desinfección correspondiente en el espacio de trabajo, como las medidas de aislamiento preventivo de las personas que tuvieron contacto directo con la persona afectada. Preferentemente, las personas NO deben dirigirse a un centro asistencial, NO deben salir de su vivienda y deben comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose el hospital ó centro de salud más cercano. NO deben automedicarse. 

 En caso de aparición de síntomas durante el horario de la jornada laboral. En tal caso, la persona a cargo deberá dar aviso de forma inmediata a la autoridad sanitaria provincial, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose el hospital ó centro de salud más cercano. Mientras se espera la asistencia por parte de personal sanitario, la persona con síntomas deberá ser ubicada en espacio separado, en lo posible ventilado, y utilizando tapaboca o barbijo.

 Horario y días autorizados: de 14:00 a 19:00 horas. De Lunes a Viernes.



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